martes, 9 de octubre de 2012

Pinto crea el SEP y bonifica el pago fraccionado de impuestos en hasta 4 plazos

El Equipo de Gobierno presentará en el próximo Pleno Municipal, que se celebrará el jueves 27 de septiembre, la modificación de la ordenanza fiscal general que regula la forma de pago de diferentes impuestos municipales. Para ello, se incluye en la ordenanza la creación del llamado Sistema Especial de Pago y que afectaría a la gran mayoría de tributos municipales de cobro periódico en su conjunto (IBI, “numerito”, IAAEE, vados…).



Con la creación de este Sistema Especial de Pagos se elimina el cobro de intereses de demora que afectaba a aquellos ciudadanos que solicitaba el pago fraccionado dentro del período de pago voluntario del mismo. Otra gran novedad es que en 2013 no solo no se cobrará por fraccionamiento del mismo a quien se acoja –antes del 31 de diciembre- a este Sistema Especial de Pago, sino que tendrá derecho a una bonificación del 1%.

Para el fraccionamiento del pago del conjunto de los impuestos se crean tres posibilidades (todas bonificadas con el 1%):
- Pago en dos plazos, en febrero y octubre.
- Pago en tres plazos, en febrero, julio y octubre.
- Pago en cuatro plazos, en febrero, mayo, julio y octubre.

Para quien no se acoja a este Sistema Especial de Pagos, sigue existiendo la posibilidad de aplazar o fraccionar el pago de impuestos incluyéndose, entre otras, como novedad la eliminación, en un gran número de casos, de la obligatoriedad de presentar aval.

Dentro de esta modificación de la ordenanza general se mantiene también el 5% de bonificación (el máximo establecido por ley) para quien se acoja al pago anticipado. Además, quien domicilie el pago de impuestos bajo el calendario de impositivo tendrá una bonificación del 2,5% en cada tributo domiciliado. En este caso, el pago de cada impuesto se cargará en la cuenta bancaria aportada a los quince días de iniciarse el período de pago voluntario para permitir, en caso de devolución del recibo, la posible subsanación y evitar así el pertinente recargo.

Pinto, a 26 de Septiembre de 2012

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