martes, 23 de diciembre de 2014

El PSOE de Pinto presenta Recurso de Reposición contra la incorporación de un nuevo director de área en el Ayuntamiento

El pasado viernes, día 19 de diciembre de 2014, el PSOE de Pinto presentaba por registro en el Ayuntamiento un Recurso de Reposición contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 21 de noviembre, por el que se aprobaban las bases para provisión del puesto de director de Área del Ayuntamiento de Pinto, con la denominación de director de Administración General, adscrito a la concejalía de Hacienda.

De acuerdo con lo establecido en el Art 21.1 de la Ley 22/2013, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2014, que dice textualmente: “1. A lo largo del ejercicio 2014 no se procederá en el sector a público a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores, a excepción de las sociedades mercantiles públicas”, dejando claro que en las administraciones públicas, entre las que está incluido el Ayuntamiento de Pinto, no se puede incorporar nuevo personal durante este ejercicio.

Dentro del expediente administrativo nos encontramos una situación jurídicamente controvertida. La Junta de Gobierno Local, con una presencia de miembros netamente reducida, ha basado la aprobación de dichas bases en varios informes externos a los técnicos del Ayuntamiento, quienes, según se expresa en los informes emitidos por la Intervención Municipal, se manifestaban contrarios a la aprobación de dichas bases por producirse un incremento en la masa salarial con respecto al ejercicio anterior y un quebranto para las arcas municipales, lo que debe suponer la nulidad de pleno derecho de dicha aprobación.

Por otro lado, en los informes emitidos por los servicios jurídicos externos al Ayuntamiento de Pinto, se pretende justificar la contratación con la aplicación del Art 21 Ley 22/2013, el cual establece supuestos y excepciones, pero se obvia la contradicción con el Art 20 de la misma Ley, ya que este artículo no permite situaciones excepcionales, por lo que no es de aplicación en los planteados por dichos servicios jurídicos, hecho que provocaría también la nulidad de pleno derecho del acuerdo ahora recurrido.

Tras lo expuesto, el Grupo Municipal Socialista, ha presentado este Recurso y previo a los trámites procedimentales oportunos, solicita a la Alcaldía del Ayuntamiento de Pinto que acepte la resolución presentada y que declare la nulidad de dicho acuerdo. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Juan José Martín, ha declarado a este respecto: “tal y como se expresa en el Recurso que hemos presentado, existe jurisprudencia suficiente revocando procedimientos parecidos de adjudicación de plazas públicas, por lo que Miriam Rabaneda debe anular este procedimiento sin más dilación”.




Pinto, a 23 de Diciembre de 2014.

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