El Grupo Municipal Socialista ha decidido abrir ya la vía judicial contra la
Alcaldesa de Pinto, Miriam Rabaneda, por un presunto delito de prevaricación en la
firma del decreto de despido de cuatro trabajadores/as municipales.
"Estamos ante una nueva resolución arbitraria que carece de todo tipo de sustento
legal y que de una forma manifiestamente injusta ha despido a cuatro servidores
públicos que desde hace más de treinta años llevan prestando servicio a nuestros
ciudadanos/as”, ha declarado Juan José Martín, portavoz del Grupo Municipal
Socialista en el Ayuntamiento de Pinto.
Según consta en el Decreto firmado el pasado viernes día 09 de Mayo, el despido se
produce por “criterios objetivos”, al desaparecer las funciones que tenían
encomendadas los cuatro trabajadores municipales; sin embargo, se oculta
intencionadamente que en la Relación de Puestos de Trabajo ( R.P.T. ) aprobada
por el Pleno, constan plazas vacantes y, por lo tanto, los trabajadores municipales
podrían haber sido reubicados dentro de la estructura organizativa de nuestro
Ayuntamiento.
Por otra parte, de manera intencionada se ocultan algunas de las funciones que
venían desempeñando los trabajadores afectados; este es el caso de Nieves Escorza,
que como Directora de Investigación y Estadística, no se dedicaba exclusivamente a
realizar funciones de control y mantenimiento de la intranet municipal,
desempeñando otra serie de trabajos como son la formación del personal, el
seguimiento del personal en prácticas en el Ayuntamiento, la elaboración de
estadísticas y la preparación y el análisis de encuestas.
Presumiblemente, todas estas circunstancias han provocado que el decreto de
alcaldía, se haya dictado a espaldas de los técnicos municipales, careciendo del más
mínimo sustento legal en el que amparar una medida de estas características.
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre las condiciones que definen la
prevaricación son los avales que maneja el PSOE para ir por la vía penal contra
Miriam Rabaneda. Para el Supremo prevarica la autoridad que dicta una resolución
objetivamente contraria a derecho, es decir ilegal. Y esa ilegalidad se puede
manifestar en tres aspectos: o bien por la falta absoluta de competencias, o bien por
la omisión de trámites esenciales en el procedimiento o bien por el propio contenido
sustancial de la resolución. En este caso es evidente que la propia alcaldesa conocía
la existencia de plazas vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo del
Ayuntamiento y de que además, se ocultan intencionadamente algunas de las
funciones que tradicionalmente venían desarrollando los trabajadores/as afectados.
Para los Socialistas de Pinto, la sentencia del Supremo habla de que "la
prevaricación exige que el resultado sea injusto, que para nosotros es evidente que
aquí lo es, y que esa resolución se dicte con la finalidad de hacer efectiva una
voluntad particular de la autoridad o funcionario y que se tenga conocimiento de
actuar contra derecho". Por todo ello, los socialistas entienden que en esa batería de
condiciones sobre la prevaricación tiene encaje la resolución sobre este caso tomada
por la Alcaldesa de Pinto.
La situación en el tema de personal del Ayuntamiento de Pinto es preocupante y se
está vulnerando la legalidad con expedientes disciplinarios injustificados, con
despidos alarmantes, y con procesos de selección de personal que están en los
tribunales, como es el caso de la plaza del Director-Coordinador de la Policía Local
de Pinto.
Pinto, a 13 de Mayo de 2014.
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