Ante la noticia aparecida en un medio de comunicación local el pasado día 03 de febrero, donde se
cuestionaba la falta de cualificación y la posible negligencia por parte de las personas responsables de
la gestión económica y financiera de la empresa municipal Aserpinto, desde el Partido Socialista
Obrero Español de Pinto queremos poner de manifiesto lo siguiente:
1.- La reclamación a la Agencia Tributaria, por el IVA soportado y repercutido por las empresas de
titularidad municipal, fue encabezada en España por la empresa Saneamientos de Córdoba
(SADECO), la cual consiguió, en 2004, que el Tribunal Supremo le reconociera la devolución del IVA
abonado, dado que entendía que al ser una empresa de propiedad municipal que prestaba servicios
para el Ayuntamiento, las operaciones realizadas entre ambas entidades no se encontraban sujetas a
IVA y por tanto el IVA abonado hasta ese momento, debía ser devuelto previa compensación con el
IVA soportado.
2.- Una vez se conoció dicha situación por parte de la Asociación Nacional de Empresas Publicas de
Medio Ambiente (ANEPMA), se realizaron diversos seminarios de asesoramiento para proceder a la
devolución del IVA, con base al criterio establecido por el TS. A partir de ese momento, las empresas
más grandes del Sector, como la municipal de Gijón, iniciaron el oportuno procedimiento, teniendo
que llegar hasta el Tribunal Supremo, en 2008, para que le concedieran su derecho al cobro de los
ingresos indebidos.
3.- Hasta el año 2008, las aportaciones realizados por el Ayuntamiento a la sociedad Aserpinto, con
cargo al Presupuesto Municipal, se consideraban sujetas al IVA. Es a partir de dicho año cuando se
produce un cambio en la doctrina administrativa y la jurisprudencia, al considerar que las
transferencias hechas no son contraprestaciones debidas a relaciones jurídico-mercantiles, sino
aportaciones de naturaleza pública para financiar un mero instrumento de gestión directa del servicio
público de limpieza viaria, recogida de basuras, tratamiento de residuos, etc.; y por lo tanto, no sujetas
al impuesto. (Consultas de la DGT de 31 de Agosto de 2006 (Nº V1710-06), 14 de Marzo (Nº V0528-
07), 18 de Julio (Nº V1597-07) y 22 de Noviembre de 2007 (Nº V2492-07).
4.- Según consta en el Acta de una inspección realizada a Aserpinto, por parte de la Agencia
Tributaria, la gestión y el tratamiento de los impuestos realizados hasta ese momento por la empresa
municipal era la correcta.
5.- A partir del año 2008 y ante la resolución favorable a las consultas vinculantes realizadas a la
Agencia Tributaria, el PP inició el expediente de reclamación de devolución del IVA ingresado
indebidamente, correspondiente a los ejercicios 2006, 2007 y 2008. Por la presentación de la citada
reclamación ante las autoridades tributarias, el entonces gerente de la empresa, Javier Polo Álvez,
suscribió un contrato con el bufete de abogados Colomer mediante el que se comprometía al abono de
un “módico” 10% (+/- 492.000€) del importe que fuera devuelto a nuestro Ayuntamiento. A través de
ANEPMA, de la cual Aserpinto es socia desde hace mucho tiempo, se podría haber realizado dicha
reclamación por un importe no superior a 12.000 €, puesto que ya existían antecedentes suficientes
para solicitar la devolución de ingresos indebidos. Dicha asesoría solo realizó la tramitación de una
consulta vinculante a la Dirección General de Tributos, con referencia AF1189-08.
Así, por parte de la Agencia Tributaria se estimó la devolución del IVA abonado durante los
ejercicios 2006, 2007 y 2008; denegando la devolución de los ingresos indebidos de los ejercicios
2004 y 2005, ante la existencia del acta de conformidad de la Agencia Tributaria en la que se
declaraba que la gestión y tratamiento de los impuestos realizados por la empresa municipal Aserpinto
durante esos años era correcta.
6.- En 2009, con el cambio de Gobierno, la nueva dirección de la empresa rescindió el contrato
suscrito con el despacho de abogados Colomer, al considerarlo abusivo para los intereses generales de
nuestro Ayuntamiento. Es durante dicho ejercicio cuando la Agencia Tributaria practicó la devolución
del IVA que había sido reclamado.
7.- Frente a la resolución de la AEAT por la que se denegaba la devolución de los ingresos indebidos
de IVA de 2004 y 2005, la Dirección de Aserpinto en aquel entonces, en fecha 21 de septiembre de
2009 presentó un recurso de reposición, argumentando que no estaba de acuerdo con dicha resolución,
puesto que la AEAT erraba al considerar que la actividad estaba sujeta a IVA y no teniendo en
consideración que por parte de la DGT se entendía la no sujeción en clara consecuencia con lo
determinado por el TS y por el TJCE. Dicho recurso de reposición fue desestimado por la AEAT en un
escrito recibido en fecha 21 de octubre de 2009, y frente a dicha denegación Aserpinto recurrió
mediante la interposición de una Reclamación Económico-Administrativa, en fecha 20 de noviembre
de 2009.
8.- Que de acuerdo a lo establecido en la legislación aplicable a las reclamaciones económico-
administrativas, en fecha 6 de mayo de 2010 se puso a disposición el expediente y se dio a Aserpinto
tramite de formulación de alegaciones, las cuales se realizaron, presentándolas el 4 de junio de 2010,
estimando que la resolución de la agencia tributaria no se ajustaba ni al ordenamiento jurídico, ni a la
jurisprudencia, ni a la doctrina existente en ese momento.
9.- La reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR), debió resolverse en
fecha posterior al 11 de junio de 2011, fecha esta en la que concluyó la vinculación del Partido
Socialista con la dirección de Aserpinto. Entendemos que con posterioridad a esa fecha el TEAR ha
debido dictar algún tipo de resolución al respecto y ante la misma era posible la interposición de un
recurso contencioso-administrativo o de un recurso frente al Tribunal Económico-Administrativo
Central (TEAC). A raíz de las últimas noticias, aparecidas en un medio de comunicación local,
entendemos que la actual dirección no ha interpuesto ninguno de los dos recursos en defensa de los
interesés generales de nuestro Ayuntamiento. Por qué la actual dirección de Aserpinto no recurrió
hasta la última instancia para la recuperación de dicho importe, cuando la reiterada jurisprudencia
sustenta que lo pudiéramos haber ganado, es algo que deberá responder el actual equipo de gobierno.
10.- Por otro lado, desde su fundación en el año 1997, las personas que han realizado funciones de
dirección en Aserpinto, han sido las siguientes:
1.- José Antonio López López – Ingeniero Industrial.
2.- Fernando Abad Bécquer – Licenciado en Derecho y especialista en Criminología.
3.- Marta Sánchez García – Licenciada en Administración de empresas y Derecho.
4.- Francisco Javier Polo Alvez – Ingeniero Superior.
5.- Rafael Carrasco Sánchez – Licenciado en Administración de empresas y Derecho.
6.- Juan Carlos Rodriguez Blázquez – Licenciado en Derecho y especialista en Criminología.
7.- Alberto Cárdenas Hidalgo – Sin estudios universitarios.
11.- La campaña de desprestigio hacia las personas que, con profesionalidad y cualificación, han
ostentado cargos de responsabilidad en la empresa municipal Aserpinto carece totalmente de
fundamento y obedece única y exclusivamente a la clara intención de ocultar la nefasta gestión que
están llevando a cabo los actuales responsables de Aserpinto, con Miriam Rabaneda a la cabeza.
12.- Como queda de manifiesto, salvo en el caso de Alberto Cárdenas Hidalgo, que ni tan siquiera
reside en Pinto, todas y cada una de las personas que han desempeñado funciones de dirección en la
empresa municipal gozaban de suficiente cualificación profesional para desarrollar las labores que les
fueron encomendadas.
13.- El Partido Popular de Pinto ha demostrado su manifiesta ineptitud en la gestión de los servicios
públicos de nuestro municipio y muy especialmente en la gestión de Aserpinto. En la primera
legislatura en la que tuvieron responsabilidad de gobierno (2007-08), casi llegaron a arruinar la
empresa inflando de forma desproporcionada la plantilla y realizando operaciones crediticias
inasumible, por aquel entonces, por la empresa y el Ayuntamiento.
14.- En consideración del Partido Socialista de Pinto, toda esta maniobra no es más que una cortina de
humo. Pantalla con la que el Partido Popular quiere tapar su nefasta gestión y los supuestos casos de
robo de carburante y tráfico de influencias, cometidos por un dirigente de este partido en Pinto y que
la propia Miriam Rabaneda metió a dedo como jefe de servicios en Aserpinto, demostrando con
claridad que algo tratan de ocultar cuando, y de forma reiterativa, se niegan al debate público sobre
estos presuntos delitos.
15.- El Partido Socialista de Pinto exige a Miriam Rabaneda y su Equipo de Gobierno la creación de
una Comisión de Investigación Municipal en la que se esclarezcan este y todos los asuntos referentes a
la gestión de la empresa municipal Aserpinto durante todos los años de su existencia, que pudieran
haber dado como resultado el menoscabo de las arcas municipales y poner negro sobre blanco entorno
a la gestión realizada en la misma por todos los responsables políticos que han tenido la oportunidad
de dirigirla.
Pinto, a 6 de Febrero de 2014.
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