Los dos Concejales (Rafael Sánchez y Daniel Santacruz) del Grupo Municipal del Movimiento de
Izquierda Alternativa (MIA) de Pinto han interpuesto, con fecha 11 de octubre, Recurso de
Reposición contra los acuerdos adoptados en el Pleno del Ayuntamiento de Pinto del pasado 11 de
septiembre.
Dichos acuerdos, aprobados únicamente con los votos favorables del PP de Pinto,
fueron los siguientes:
1) El cambio de modelo de gestión directa a gestión indirecta de los servicios públicos de
recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y mantenimiento y conservación de
zonas verdes del municipio.
2) La realización de dicha gestión indirecta mediante concesión de conformidad con el Decreto
Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público y
3) La finalización de la encomienda de gestión a la empresa municipal Auxiliar de Servicios de
Pinto, S.A. (ASERPINTO) el 31 de diciembre de 2013 o con anterioridad si la adjudicación
de la concesión se realizase antes.
En su Recurso el MIA entiende que se han vulnerado tanto la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAPyPAC), como el
Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, al no justificarse las razones de “interés
público” que deben guiar todo acto que lleve aparejado una modificación del tipo de gestión de un
Servicio Público, por lo que pide la nulidad de los acuerdos adoptados el pasado 11 de septiembre.
El MIA también considera en su Recurso que no se han aportado estudios previos o informes que
justifiquen ese “interés público”, porque considera improbable que una empresa privada pueda
realizar un mejor servicio con un menor coste.
De hecho, el Equipo de Gobierno del PP aprovecha el final de la Encomienda de gestión para
renunciar a la gestión directa y cederla a una empresa privada, pero no porque existan Informes que
acrediten el mal funcionamiento de ASERPINTO, o lo que es más importante los datos por los que
una empresa privada pueda hacerlo mejor. Así en el Recurso se argumenta textualmente a tal efecto:
“Parece que, en definitiva, es dicha finalización (la de la Encomienda) y no la existencia de estudios
previos, lo que da lugar a la petición del Informe que justifique la privatización. Es decir, primero se
toma la decisión y luego se pide un Informe que valore dicha necesidad“.
Respecto a un posible ahorro de costes debido al cambio del modelo de gestión, el Recuso del MIA,
entro otros argumentos, esgrime el siguiente: “El acuerdo se ha adoptado sin el menor estudio o
informe económico que acredite el supuesto ahorro con los mismos medios y prestaciones, teniendo
en cuenta que una concesión a una empresa privada siempre deberá reportar beneficios, con lo que
o bien el servicio es más caro o bien se limitarán las prestaciones respecto de las ya realizadas por
ASERPINTO.”
El Recurso de Reposición del MIA se ha interpuesto ante el órgano que aprobó los acuerdos que se
pretenden anular, es decir: el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, y tendrá que ser este, en el plazo
inicialmente establecido de 1 mes, el que tenga que decidir al respecto.
Con esta nueva acción, el MIA refuerza su compromiso de luchar por todos los medios a su alcance
contra una decisión, la de privatizar ciertos Servicios ahora prestados por ASERPINTO, que
considera política y económicamente injustificada por parte del PP de Pinto, y que solo puede
acarrear un peor y más caro servicio para los pinteños y una profunda incertidumbre laboral para los
trabajadores afectados por estas privatizaciones.
Pinto, a 14 de Octubre de 2013.
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