El pasado 8 de mayo de 2013 el Grupo Municipal Socialista de Pinto presentó
un Recurso de Reposición solicitando la suspensión cautelar suscrito con D.
Israel Eloy Fernández Pérez por considerar que es un acuerdo nulo de pleno
derecho.
Entre los argumentos que justificaban dicho Recurso se encontraba la posible
vulneración del Artículo 23.1 de la Ley 17/2012 por la que se aprobaron los
Presupuestos Generales del Estado en la que se establece que: “a lo largo del
ejercicio 2013 no se procederá……..a la incorporación de nuevo personal”.
Además, se entendía que con este nombramiento se vulneraba el Artículo 13 del
Decreto 112/1993 de la Comunidad de Madrid, en el que se establecen las
categorías posibles en la escala de mandos de la Policía Local.
Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 03/06/2013 y amparándose en un informe
jurídico externo, se desestimaba el citado Recurso de Reposición al considerar que
no existen motivos suficientes para solicitar la suspensión del auto impugnado,
entendiendo que el mismo no provocará perjuicios de imposible o difícil reparación.
Igualmente se entiende que dicho Recurso es extemporáneo al no haberse realizado
ningún tipo de alegación a las bases aprobadas para proceder a la cobertura de la
mencionada plaza.
Desde el Grupo Municipal Socialista consideramos injustificados los argumentos
presentados en el informe desestimatorio del Recurso de Reposición que
presentamos por Registro en el Ayuntamiento de Pinto y anunciamos la
interposición de un nuevo Recurso Contencioso Administrativo ante los Tribunales
de Justicia contra el citado Acuerdo, porque no entra a analizar si se ha producido la
vulneración de la legalidad vigente en la cobertura de la plaza de Director
Coordinador de la Policía Local, tal y como se deduce de los informes emitidos por
la Jefatura de Recursos Humanos y la Secretaría General del Ayuntamiento de Pinto
y que desaparecieron del expediente administrativo.
Pinto, a 7 de Junio de 2013.
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