El grupo municipal de UPyD en el Ayuntamiento
de Pinto ha recibido respuesta por parte de la Subdirección General de
Inspección de Datos a la denuncia puesta en Octubre ante la Agencia Española
de Protección de datos (A.E.P.D.), “por el irregular registro de visitas que el
Gobierno del PP de Pinto puso en marcha en el edificio de la Policía Local
de Pinto”, edificio en donde se encuentran las dependencias de los grupos
políticos de la oposición y donde se obligaba a los vecinos a identificarse
y a decir el partido político que se iba a visitar, sin que se asegurara en
ningún momento el procedimiento legalmente establecido, los derechos
de los ciudadanos ni la confidencialidad y salvaguarda de los datos que se
registraban.
El portavoz y concejal de UPyD en el Ayuntamiento de Pinto, José Luis
Contreras, ha declarado que “el escrito que nos acaba de remitir el Subdirector
General de Inspección de Datos indica que la Agencia Española de
Protección de Datos esta realizando en este momento ‘actuaciones previas
de inspección’, para determinar con la mayor precisión posible el alcance de
los hechos denunciados, que pueden dar lugar a la apertura e incoación de
un procedimiento de infracción, al tratarse de una administración pública”.
Contreras ha explicado: “La Agencia de Protección de Datos identificará en
ese caso, la persona o el órgano responsable de haber creado ese archivo
irregular”
El edil de UPyD ha vuelto a recordar que pese a las sucesivas advertencias
al Gobierno del PP de Pinto, “sobre lo irregular que era recoger datos de
los vecinos que solicitaban hablar con los concejales de la oposición en una
‘hoja casera de Excel’, un archivo que no estaba registrado en la Agencia de
Protección de Datos, como marca la ley, esta práctica no cesó hasta que se
puso la denuncia en Octubre”
Según UPyD, con este modo de proceder se habrían vulnerado los artículos
5, 7 y 20 de la L.O. 15/1999 de Protección de Datos (L.O.P.D.), al crearse
un fichero de datos no registrado en la Agencia, no autorizado y sin que se
asegurara el correcto control, la confidencialidad y la salvaguarda de los datos.
“Además”, recuerdan desde UPyD, “los ciudadanos nunca fueron informados
de modo expreso, preciso e inequívoco del derecho de información previo
al registro de esos datos y se les obligaba, como requisito indispensable de
acceso al edificio, a revelar datos de carácter político”.
Pinto, a 11 de Junio de 2014.
No hay comentarios:
Publicar un comentario